El juez realizó una observación y envió a revisar la lista, considerando que no se cumple la ley de cupo –que establece un mínimo de 30% de mujeres– porque no hay varones. Sin embargo, el abogado constitucionalista y patrocinante de Ciudad Futura en la causa Domingo Rondina, en diálogo con El Ciudadano, aclaró que la ley establece un mínimo, pero no un máximo en la cantidad de mujeres. “Los cupos son mecanismos de incorporación de los sectores desaventajados. En la ley no existe el cupo masculino, por lo que la observación del juez no se ajusta a las medidas de acción positivas que consagró la Constitución Nacional en el artículo 37, que estableció que se deben tomar medidas de acción positiva o de discriminación inversa para asegurar la participación de las mujeres en la política”, destacó Rondina.
El juez Rodríguez se basó en un fallo de 2001 que contempla un decreto de 2000, que dice que las listas deben integrarse con mujeres y varones. Con todo, en 2005, el presidente Néstor Kirchner derogó ese decreto y realizó modificaciones tendientes a garantizar el espíritu original de la ley, que es fomentar la participación de las mujeres en política. “El juez ignora este decreto. No existe un techo para la participación de las mujeres en las listas”, señaló Rondina.
Por su parte, Tepp aseguró que Ciudad Futura ya realizó una presentación judicial para dejar sin efecto la observación del juez Rodríguez, quien tiene 48 horas (a partir de ayer) para responder. “La resolución del juez dice que el cupo es para ambos sexos, tergiversando así el espíritu de la ley que establece la participación de un cupo mínimo para las mujeres, pero nunca un techo”, expresó Tepp. En tanto, la precandidata –quien está acompañada en la lista por la periodista Beatriz Priotti y la abogada de Derechos Humanos Gabriela Durruty– consideró que el intento de proscripción era una posibilidad que contemplaban: “Esto demuestra que la sociedad ha avanzado mucho más que las instituciones del Estado en cuanto a la necesidad de una sociedad más igualitaria entre hombres y mujeres. Particularmente, el Poder Judicial es el que más alejado está de los cambios políticos y culturales que se han dado”.
Atentos a la paridad
Tanto en el Congreso de la Nación como en la Legislatura santafesina se discute la ley de paridad de género. Tepp aclaró que, cuando sea sancionada, “hay que revisar para ver si lo que establece es un mínimo de 50% de mujeres o la participación obligatoria de hombres y mujeres en las listas”.
Según Rondina, la Constitución indica que los cupos “los sectores que tienen la preeminencia no reciben cupos”, por lo que la ley de paridad no debería limitar la participación de las mujeres. “El cupo es un mecanismo temporal de incidencia cultural que pretende forzar un cambio en una situación donde esta cristalizado un status quo. Hasta la situación no se equipare o se revierta, nunca puede haber cupo masculino ni techo a las mujeres”, aseguró el abogado.
FUENTE: El Ciudadano
RELEVAMIENTO Y EDICION: Agustín Aloni