Cuba anunció este martes la eliminación del permiso que necesitan sus ciudadanos para salir de la isla, una de las reformas más esperadas del gobierno de Raúl Castro
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La población cubana despertó hoy con la esperada noticia de aperturas en la Ley de Migración del país, para "ajustarla a las condiciones del presente y el futuro previsible". Estos cambios fueron anunciados por las autoridades desde el pasado año como parte de las reformas económicas y sociales que implementa el gobierno de Raúl Castro.
Las nuevas regulaciones, en vigor a partir del 14 de enero de 2013, eliminan "el procedimiento de solicitud de Permiso de Salida para los viajes al exterior y dejan sin efecto el requisito de la Carta de Invitación", informó el diario Granma, órgano oficial del Comité Central del Partido Comunista de Cuba.
Hasta el momento, las personas de la isla caribeña interesadas en realizar viajes privados debían presentar una "carta de invitación" de quienes las acogían en el país de destino, y solicitar a las autoridades nacionales un "permiso de salida", que puede costar unos 150 dólares estadounidenses. Ambas exigencias, que no se establecen comúnmente en el ámbito internacional, hacían más costoso y burocrático el trámite de salidas al exterior de la ciudadanía cubana.
A partir de enero del próximo año, solo se exigirá el pasaporte corriente actualizado y la visa del país de destino, en los casos que la misma se requiera, según el Decreto Ley 302, publicado hoy en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, que modifica a la legislación actual, vigente desde 1976, y se acompaña de otras resoluciones complementarias.
Por otra parte, se extiende a 24 meses el tiempo de permanencia permitido a los ciudadanos cubanos en el exterior, cuando antes era solo de 11 meses. Este plazo también está sujeto a prórroga, "por causas justificadas", que se puede solicitar en el consulado cubano de la nación donde se encuentre el viajero.
No obstante, se establecen "a la par de las medidas de flexibilización, determinadas regulaciones", para "preservar la fuerza de trabajo calificada del país".
Estas medidas regulan las salidas personales de atletas de alto rendimiento, funcionarios, administrativos, universitarios, técnicos-profesionales, "que se desempeñan en actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país y en cargos con facultades decisorias sobre los recursos financieros y materiales".
Por otra parte, la Resolución No. 44 establece "el procedimiento mediante el cual los ciudadanos cubanos emigrados presentan las solicitudes de residencia en el territorio nacional" a los consulados cubanos en el exterior y la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior en la isla. Entre otros documentos, las y los interesados "deben informar sobre la vía utilizada para emigrar y las causas por las que solicita su residencia nuevamente en Cuba".
Asimismo, se deroga, entre otras, la Ley No. 989 que establecía la confiscación a favor del Estado cubano de "los bienes, derechos y acciones de los que se ausenten con carácter definitivo del país". Esta normativa había perdido efecto con la autorización en 2011 de la compraventa de casas y autos, y la posibilidad de la familia de la persona emigrada de reclamar su inmueble.
Según Granma, "paulatinamente se adoptarán otras medidas relacionadas con el tema migratorio, las cuales sin dudas, coadyuvarán también a consolidar los prolongados esfuerzos de la Revolución en aras de normalizar plenamente las relaciones de Cuba con su emigración".
RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Victoria Cerrano
FUENTE: IPS
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