El proyecto de Ley que apunta a que los jóvenes puedan optar por votar a partir de los 16 años, así como el que permite que sean electores nacionales los extranjeros residentes durante al menos dos años en el país, serán debatidos en la Cámara de Senadores desde esta semana.
____________________________________
Fuentes de la Comisión de Asuntos Constitucionales, la única a la que fueron giradas las iniciativas, anunciaron que la primera reunión se llevará a cabo el miércoles 5 de septiembre a las 9.30.
De acuerdo con los informantes, la reunión servirá para organizar una agenda de trabajo que será cumplida en los días siguientes.
Ambos textos fueron impulsados en la Cámara alta por los senadores del Frente para la Victoria Aníbal Fernández y Elena Corregido.
El primero de los proyectos prevé modificar la Ley Electoral para determinar que el voto constituya un derecho y no una obligación para los jóvenes de entre los 16 y los 18 años de edad, en un régimen similar a la de los ciudadanos mayores de 70 años que rige en la actualidad.
La propuesta implica modificar el artículo 7 del Código Electoral que, a partir de la aprobación de la iniciativa, establecería que "los argentinos que hubieren cumplido la edad de dieciséis gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República".
Además, la norma sustituiría incisos de otros artículos para introducir la edad de 16 años, en lugar de la actual de 18.
De acuerdo con sus fundamentos se intenta "constituir un nuevo paso en el proceso de construcción de mayor ciudadanía para esta franja de la juventud".
Además, se reconoce a los jóvenes "capacidades y potencialidades hasta ahora invisibilizadas por una parte de la sociedad".
"La recuperación de la confianza en la política como herramienta transformadora de la realidad, operada a partir de la asunción del gobierno nacional por parte de Néstor Carlos Kirchner y profundizada en la gestión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, han hecho posible que comencemos a transitar este camino", resalta en sus fundamentos el expediente de sólo cinco artículos.
Además, se subraya que "el aliento brindado a la señora Presidenta por miles de jóvenes y su genuina expresión de voluntad de sumarse a los cambios políticos, sociales y económicos que su gobierno representa, como así también al modelo de crecimiento con inclusión social y redistribución de la riqueza" convencen a los autores del proyecto de "la necesidad de modificar la edad mínima requerida para votar".
La segunda iniciativa pasa a considerar como electores nacionales a los extranjeros a partir de los dos años de obtenida su residencia permanente.
La iniciativa establece que "el Registro Nacional de las Personas deberá remitir al Registro Nacional de Electores, en forma electrónica, los datos que correspondan a los electores y futuros electores, incluidos los extranjeros que obtengan la residencia permanente, consignando, en este último caso, la fecha de obtención de tal calidad".
Los fundamentos de la iniciativa remarcan que el andamiaje "del sistema democrático echa por tierra cualquier elemento para excluir a los extranjeros residentes del derecho a elegir".
La iniciativa hace hincapié en el Preámbulo de la Constitución Argentina que fue redactada "para beneficio de la generación constituyente, para su posteridad y para 'todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino'".
Según la norma, "la invitación del Preámbulo proporciona mayor amplitud a lo preceptuado por el artículo 20 de la Constitución Nacional en tanto reconoce expresos derechos a los extranjeros".
RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Pedro Arrospidegaray
FUENTE: Télam
__________________________________________________________________________________________________